Importar a Cuba como parte del equipaje, Aduana de Cuba - Actualidad Jurídica

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Importar a Cuba como parte del equipaje, Aduana de Cuba

El equipaje puede ser acompañado, en dependencia si el pasajero lo lleva consigo en el mismo medio de transporte en que viaja y que comprende los objetos y artículos que traigan en sus manos (equipaje de mano), o NO acompañado cuando el equipaje llega o sale antes o después de la fecha de salida o arribo del pasajero.

El valor de los artículos importados como equipaje NO acompañado forma parte del límite máximo permitido de mil pesos a que tiene derecho el pasajero a su arribo al país.

Cada viajero puede importar como equipaje artículos nuevos y usados, sin CARÁCTER COMERCIAL hasta el límite en valor autorizado, o valor máximo permitido, de 1000 pesos, además de sus EFECTOS PERSONALES.

Los niños que tengan cumplidos los diez años, tienen derecho a importar artículos hasta el límite del valor establecido. Los menores de diez años sólo pueden traer consigo sus efectos personales, de acuerdo a la edad.



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