Usuarios en Proceso
¿Qué debo hacer necesito divorciarme en Cuba?
Soy extranjero(a) o cubano(a) residente en el extranjero, contraje matrimonio en Cuba y necesito divorciarme.
- Deberá enviarnos los datos del matrimonio que Ud. posea. Ej. Lugar y fecha de su formalización, datos generales de los cónyuges y de los hijos nacidos de esa relación, el tomo y folio, cualquier otro dato de interés. (Esta información se le solicita con el único objetivo de valorar su caso y consecuentemente brindar un mejor asesoramiento)
- Deberá enviarnos la dirección de residencia actual suya y la del otro cónyuge, si no la sabe, entonces mandaría la última dirección conocida del lugar donde vivía. (Esta información se le solicita con el único objetivo de valorar su caso y consecuentemente brindar un mejor asesoramiento)
- Deberá comunicarnos el tiempo transcurrido desde la separación conyugal. (Esta información se le solicita con el único objetivo de valorar su caso y consecuentemente brindar un mejor asesoramiento)
- Toda esta información nos la puede enviar a nuestro correo: tramites@documentoscertificadoscuba.com
Solicitar certificación
- Certificación de Nacimiento
- Certificación de Defunción
- Certificación de Matrimonio
- Certificación de Divorcio
- Capacidad Legal
- Movimientos Migratorios
- Certificación de Soltería
- Antecedentes Penales
- Certificación de Título
- Plan de Estudios
- Certificación de Graduado
- Programa de Estudios
- Título
- Certificación de Notas
- Certificado de No Inhabilitado
- Certificación de Estudio (Otra)
- Otras Certificaciones
- Resoluciones Judiciales
- Documentos Notariales
- Subsanación de Errores
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo importar un equipo que requiera permiso de autoridad competente, llevarlo conmigo y gestionar el permiso después de mi arribo a Cuba?
NO. El permiso tiene que ser gestionado y obtenido antes de embarcarse hacia Cuba.
- ¿Cuántos equipos de un mismo tipo puedo importar a Cuba?
En cada viaje puede importar hasta 2 equipos de cada tipo siempre que no exceda el límite en el valor establecido. El exceso se decomisa.
- ¿Cuál es el límite de lo que puedo importar?
Además de sus efectos personales podrán importar, pagando los derechos de aduanas que correspondan, artículos nuevos o usados hasta un valor máximo de $1,000.00 (mil). Los artículos que se excedan del valor máximo permitido ($1,000.00) estarán sujetos al decomiso
- ¿Estoy inscripto en un Registro Civil de un lugar intrincado, Puedo solicitar el servicio a través de ustedes?
Nuestro servicio cubre todo el territorio nacional, no importa donde esté inscripto para brindarle nuestro servicio
Para consultar más información sobre los trámites, haga clic aquí