Usuarios en Proceso
Efectos Personales para Turistas Extranjeros, Aduana de Cuba
Artículos que, por su naturaleza y cantidad, el pasajero pueda razonablemente utilizar en el transcurso del viaje, tomando en cuenta la duración, circunstancias y objetivo del viaje, así como la profesión, actividad y características del mismo, con exclusión de mercancías que por su tipo, cantidad o valor hagan presumir que tengan carácter o objetivos comerciales.
Son efectos personales:
- Joyas y prendas de uso personal
- Ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean en cantidades que hagan suponer su uso personal.
- Un teléfono móvil, tipo celular.
- Una cámara fotográfica o de video portátil y sus accesorios.
- Un aparato portátil para la grabación o reproducción del sonido, imagen, datos o mixto, conocidos comúnmente como MP3, MP4 o similares, junto a su respectivo juego de audífonos portátiles y sus accesorios.
- Hasta una cantidad que no exceda, por persona adulta, de 400 unidades de cigarrillos; 500 gramos de tabaco de pipa; 50 unidades de puros y 2.500 centímetros cúbicos de bebidas alcohólicas.
- Medicamentos, en cantidades necesarias sólo para uso personal del viajero y conforme a la respectiva receta médica, así como un aparato para medir presión arterial o glucosa en sangre, así como otros portátiles similares para análisis médicos y sus reactivos.
- Libros y folletos, así como los diarios, impresos, revistas y composiciones musicales.
- En el caso de menores de 10 años, quienes solamente pueden importar sus efectos personales, se consideran también dentro de ellos: 2 Unidades de Juguetes , 2 unidades de juegos o instrumentos eléctricos o electrónicos para su uso personal. Tratándose de bebés, se incluyen además entre otros, los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, y sus accesorios, como son: una silla, una cuna portátil, una carriola o una andadera.
- Un reproductor portátil de discos compactos (CD) y/o DVD's o similares, junto a su respectivo juego de audífonos portátiles y sus accesorios.
- Prismáticos o binoculares de uso personal.
- Un receptor de televisión portáti
- Un computador portátil de uso personal
- Una máquina de escribir portátil
- Una tienda de campaña y el equipo para acampar
- Artículos para deportes (un juego de avíos para la pesca, una bicicleta sin motor, una canoa o kayac de menos de 5,50 metros de largo, un par de esquíes, dos raquetas de tenis, y otros artículos similares).
- Un par de walkie-talkies
De importarse más unidades que las indicadas NO SE CONSIDERARÁN EFECTOS PERSONALES y estarán sujetas a lo establecido para los artículos importados definitivamente.
Son TURISTAS, los pasajeros que NO sean ciudadanos cubanos y que tengan su residencia permanente en el extranjero y tienen derecho a traer consigo sus efectos personales, a condición de que sean para su uso personal, de que los lleven consigo o en el equipaje que los acompaña, de que no existan motivos para temer que haya abuso y de que sean reexportados a su salida del país.
Solicitar certificación
- Certificación de Nacimiento
- Certificación de Defunción
- Certificación de Matrimonio
- Certificación de Divorcio
- Capacidad Legal
- Movimientos Migratorios
- Certificación de Soltería
- Antecedentes Penales
- Certificación de Título
- Plan de Estudios
- Certificación de Graduado
- Programa de Estudios
- Título
- Certificación de Notas
- Certificado de No Inhabilitado
- Certificación de Estudio (Otra)
- Otras Certificaciones
- Resoluciones Judiciales
- Documentos Notariales
- Subsanación de Errores
Preguntas frecuentes
- ¿Cuál es el límite de lo que puedo importar?
Además de sus efectos personales podrán importar, pagando los derechos de aduanas que correspondan, artículos nuevos o usados hasta un valor máximo de $1,000.00 (mil). Los artículos que se excedan del valor máximo permitido ($1,000.00) estarán sujetos al decomiso
- ¿Estoy inscripto en un Registro Civil de un lugar intrincado, Puedo solicitar el servicio a través de ustedes?
Nuestro servicio cubre todo el territorio nacional, no importa donde esté inscripto para brindarle nuestro servicio
- ¿Si después de pagado el servicio solicitado por mí, por alguna razón este no pudiera efectuarse, Cómo recibo de vuelta mi dinero?
Si la empresa no incurre en ningún gasto por su solicitud, se le desbloquea el monto pagado por Ud. Íntegramente. Si la empresa incurrió en algún gasto (por ejemplo si ya había comenzado el proceso y se había efectuado el pago por búsqueda y los subsiguientes pasos) se le devolverá el resto del dinero pagado por el cliente.
- ¿En caso de que mi documento tenga errores o inexactitudes, la empresa puede subsanar dicho error?
Nuestra empresa no emite documentación, solamente la gestiona ante las autoridades competentes en el menor tiempo posible y con máxima eficiencia, por medio de la copia impresa de la planilla llenada por el cliente. Si la fuente del error es una inexactitud en la solicitud del cliente, se aclara mediante correo electrónico entre el cliente y la empresa (por ejemplo se solicitó inscripción de nacimiento a nombre de Pedro Dulce Blanco y en el tomo y folio declarados por el cliente aparece Pedro Luis Dulce Blanco). Si fuera necesaria una subsanación de errores, ante las autoridades competentes, la empresa entraría en contacto con el cliente vía correo electrónico puesto que sería otro proceso adicional.
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