Equipos eléctricos, Aduana de Cuba - Actualidad Jurídica

Usuarios en Proceso

Equipos eléctricos, Aduana de Cuba

Se admiten salvo aquellos altos consumidores de electricidad que se relacionan a continuación:

Congeladores o freezer nuevos, de una capacidad superior a los siete (7) pies y de cualquier capacidad cuando se trate de equipos de uso.

Acondicionadores de aire.

Cocinas y hornillas eléctricas, de cualquier tipo y modelo.

Hornos eléctricos, de cualquier tipo, modelo y capacidad.

Duchas eléctricas, de cualquier tipo y capacidad.

Freidoras eléctricas, de cualquier tipo y capacidad.

Calentadores eléctricos de agua.

Planchas eléctricas, cuyo consumo exceda de 290 watts/hora sin rociado, o de 703 watts/hora con rociado y vapor.

Tostadoras de pan eléctricas.

Resistencias eléctricas de cualquier tipo.



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