Sobre dineros en efectivo, Aduana de Cuba - Actualidad Jurídica

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Sobre dineros en efectivo, Aduana de Cuba

La importación de la moneda libremente convertible en Cuba es libre.

Las personas naturales residentes permanentes en Cuba para exportar del país moneda libremente convertible (MLC) tienen que ser autorizadas por el Banco Central de Cuba de forma expresa. (Resolución No. 236 de 1994 del Ministro Presidente del Banco).

La importación y la exportación de moneda nacional en cualquier denominación, por pasajeros es libre, en sumas que NO EXCEDAN los cien (100) pesos cubanos, o los doscientos (200) pesos convertibles (CUC). (Resolución No. 75 de 1999 del Ministro Presidente del Banco).

Si usted está interesado en exportar pesos cubanos (CUP) o pesos convertibles (CUC) por encima de la cantidad establecida, debe presentar a la autoridad aduanera comprobantes emitidos por establecimientos autorizados por el Banco o autorización expresa del Banco Central de Cuba.

Las personas naturales residentes temporales en Cuba que a su entrada al país traigan consigo moneda libremente convertible (MLC) en efectivo, por un importe igual o superior al equivalente de CINCO MIL (5000) pesos cubanos, y tengan previsto a su salida de Cuba, extraer importes iguales o superiores a esa cantidad, deben reflejarlo en la DECLARACION DE PASAJEROS, y presentar el documento a los funcionarios de aduana en el momento del despacho aduanero.

Puede exportar moneda libremente convertible (MLC) en efectivo hasta el equivalente de CINCO MIL (5000) pesos cubanos. Sólo podrá extraer de Cuba importes superiores de esta cantidad si han sido declarados ante la aduana cuando entró al país en la DECLARACION DE PASAJEROS, o demuestre ante las autoridades aduaneras con documentos bancarios su legítima adquisición en el territorio nacional.



Preguntas frecuentes

  • ¿Qué debo hacer necesito obtener mi certificación de nacimiento?

    Soy cubano(a), resido en el extranjero y necesito obtener mi certificación de nacimiento, o de otra persona nacida en Cuba. ¿Qué debo hacer?Debe disponer de los siguientes datos indispensables:
    - Nombres y apellidos de la persona
    - Registro del Estado Civil
    - Lugar del nacimiento, municipio, provincia
    - Fecha de nacimiento
    - Nombre y apellidos de los padresSi además posee el TOMO y FOLIO de la inscripción se facilitaría su obtención, sin la necesidad de complicadas búsquedas manuales, teniendo en cuenta que en Cuba aun no están automatizados estos registros.Nosotros contamos con un equipo muy profesional que puede obtener la certificación de nacimiento, le realiza todos los trámites necesarios y se la envía a su lugar de residencia. De clic aqui para solicitar su certificación de nacimiento

  • ¿Surte los mismos efectos la certificación en extracto que la literal de nacimiento?

    Si, para los trámites ordinarios (comunes y frecuentes) que normalmente se realizan fuera de Cuba, motivos por los cuales el Ministerio de Justicia cubano dispuso emitir solo las certificaciones en extracto, que cuentan con los datos generales y necesarios para acreditar identidad y filiación de las personas, llegando a acuerdos de tal validez con diferentes Estados, como es el caso por ejemplo de España para temas vinculados con la Ley de la Memoria Histórica.

  • ¿Debó legalizar en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba la certificación de nacimiento?

    La legalización en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba depende de los fines que persiga con el documento, si se lo pidieran como requisito para su validez debe hacerlo, con la excepción de necesitarlo para surtir efectos en los Estados Unidos de América, donde por regla general no se requiere.

  • ¿Que documentos debo legalizar en alguna Embajada o consulado en La Habana?

    Solo si lo necesita para surtir efectos en el país donde se encuentra, debe legalizarse en la Embajada o consulado en La Habana de esa nación; y si fuese para surtir efecto en otro territorio, en igual instancia de aquel Estado, por ejemplo: en la Embajada de España en Cuba si se tratara de un trámite relacionado con la Ley de la Memoria Histórica para adquirir la ciudadanía española.

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