Usuarios en Proceso
Menaje de Casa, Aduana de Cuba
Artículos, muebles y enseres que no teniendo el carácter de efectos personales, sirven para el uso o comodidad doméstica. Entran al país Libre del Pago de Derechos de Aduanas.
Equipos electrónicos, electrodomésticos o duraderos (ventilador, televisor, freezer, refrigerador, radio digital, etc.) No más de dos de un mismo tipo.
Artículos duraderos como máquina de moler, picar, pelar, secador de pelo, cafeteras, molino de café, entre otras), ollas eléctricas o no, cuchillería, mantelería, cristalería, ropa de tocador o cocina (manteles, toallas, sábanas, cortina de baño), adornos para el hogar, juegos de sala, comedor, cuarto, terraza, colchón, etc.
Pueden importar menaje de casa:
Extranjeros que adquieren su residencia permanente en el territorio nacional, contado a partir de la fecha de otorgada la residencia.
Residentes permanentes en el territorio nacional, a su regreso definitivo, después de haber salido a trabajar o estudiar en el extranjero, en función o misión oficial, por más de dos años, contados a partir de su regreso después de concluida la misión.
Cubanos que cancelan el permiso de residencia y hayan permanecido por mas de dos años en el extranjero, a partir de la fecha de cancelado el permiso y otorgada la residencia permanente en Cuba.
Los funcionarios del servicio exterior de la República de Cuba, a partir de la fecha de su regreso al país.
Los extranjeros, que adquieran en propiedad o arrienden viviendas o apartamentos, en inmobiliarias autorizadas, pueden ejercer el derecho para importar el menaje, siempre que el contrato este vigente y no hayan ejercido ese derecho con anterioridad.
Solicitar certificación
- Certificación de Nacimiento
- Certificación de Defunción
- Certificación de Matrimonio
- Certificación de Divorcio
- Capacidad Legal
- Movimientos Migratorios
- Certificación de Soltería
- Antecedentes Penales
- Certificación de Título
- Plan de Estudios
- Certificación de Graduado
- Programa de Estudios
- Título
- Certificación de Notas
- Certificado de No Inhabilitado
- Certificación de Estudio (Otra)
- Otras Certificaciones
- Resoluciones Judiciales
- Documentos Notariales
- Subsanación de Errores
Preguntas frecuentes
- ¿Qué debo hacer necesito obtener mi certificación de nacimiento?
Soy cubano(a), resido en el extranjero y necesito obtener mi certificación de nacimiento, o de otra persona nacida en Cuba. ¿Qué debo hacer?Debe disponer de los siguientes datos indispensables:
- Nombres y apellidos de la persona
- Registro del Estado Civil
- Lugar del nacimiento, municipio, provincia
- Fecha de nacimiento
- Nombre y apellidos de los padresSi además posee el TOMO y FOLIO de la inscripción se facilitaría su obtención, sin la necesidad de complicadas búsquedas manuales, teniendo en cuenta que en Cuba aun no están automatizados estos registros.Nosotros contamos con un equipo muy profesional que puede obtener la certificación de nacimiento, le realiza todos los trámites necesarios y se la envía a su lugar de residencia. De clic aqui para solicitar su certificación de nacimiento - ¿Surte los mismos efectos la certificación en extracto que la literal de nacimiento?
Si, para los trámites ordinarios (comunes y frecuentes) que normalmente se realizan fuera de Cuba, motivos por los cuales el Ministerio de Justicia cubano dispuso emitir solo las certificaciones en extracto, que cuentan con los datos generales y necesarios para acreditar identidad y filiación de las personas, llegando a acuerdos de tal validez con diferentes Estados, como es el caso por ejemplo de España para temas vinculados con la Ley de la Memoria Histórica.
- ¿Debó legalizar en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba la certificación de nacimiento?
La legalización en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba depende de los fines que persiga con el documento, si se lo pidieran como requisito para su validez debe hacerlo, con la excepción de necesitarlo para surtir efectos en los Estados Unidos de América, donde por regla general no se requiere.
- ¿Que documentos debo legalizar en alguna Embajada o consulado en La Habana?
Solo si lo necesita para surtir efectos en el país donde se encuentra, debe legalizarse en la Embajada o consulado en La Habana de esa nación; y si fuese para surtir efecto en otro territorio, en igual instancia de aquel Estado, por ejemplo: en la Embajada de España en Cuba si se tratara de un trámite relacionado con la Ley de la Memoria Histórica para adquirir la ciudadanía española.
Para consultar más información sobre los trámites, haga clic aquí